En Ituzaingo al 400 violación a la ordenanza 9559 que dice
ARTICULO 6°.‑ EL Departamento Ejecutivo Municipal, a pedido de propietarios frentistas, podrá. autorizar, cuando corresponda y no obstaculice el tránsito peatonal o vehicular, el estacionamiento de vehículos en aceras o banquinas de avenidas y accesos siempre que éstas tengan un ancho superior a 5 metros y en espacios verdes de caminos, avenidas y accesos. La ocupación de este espacio público que superan la utilización .individual del área para estacionamiento, se encuadrará en las previsiones de la presente Ordenanza, como use del Espacio Público sujeto a normas para autorización y concesión.-
la denuncia se remitió a la dirección de control para que proceda a labrar las actas de infracción correspondientes y remueva los carteles.-
fotodenuncia enviada por Diego Comba
Con fecha 21 de Diciembre la calle se encuentra en las mismas condiciones que de la foto, asimismo el funcionario de control fue notificado el Dia 18/12/12 a hrs 9:30
ARTICULO 6°.‑ EL Departamento Ejecutivo Municipal, a pedido de propietarios frentistas, podrá. autorizar, cuando corresponda y no obstaculice el tránsito peatonal o vehicular, el estacionamiento de vehículos en aceras o banquinas de avenidas y accesos siempre que éstas tengan un ancho superior a 5 metros y en espacios verdes de caminos, avenidas y accesos. La ocupación de este espacio público que superan la utilización .individual del área para estacionamiento, se encuadrará en las previsiones de la presente Ordenanza, como use del Espacio Público sujeto a normas para autorización y concesión.-
la denuncia se remitió a la dirección de control para que proceda a labrar las actas de infracción correspondientes y remueva los carteles.-
fotodenuncia enviada por Diego Comba
Con fecha 21 de Diciembre la calle se encuentra en las mismas condiciones que de la foto, asimismo el funcionario de control fue notificado el Dia 18/12/12 a hrs 9:30
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