El lunes 2 de julio se realizara una nueva audiencia
pública para tratar la suba de la energía en la provincia de Salta.
Entre los fundamentos que expresa Edesa y el ENTE es
que en el periodo de cinco años no se produjeron variaciones en la tarifa. Que
la readecuación está pactada dentro del contrato y que la misma debe realizarse
cada cinco años.
Que el anexo IV de la Resolución Ente Regulador Nº
160/06, establece que “si al cabo de 12 meses el indicador testigo arroja una
variación del VAD superior al 5%, la distribuidora podrá hacer una presentación
fundada, acreditando el incremento real producido en sus costos, producto de la
inflación. (VAD valor agregado distribución).
EDESA y el ENRESP han completado el proceso de revisión
tarifaria integral (RTI) en el año 2006, de acuerdo con lo previsto en el
contrato de concesión. De dicho proceso ha resultado un incremento en la tarifa
media de distribución del 16,75% lo que significa en VAD un 36 % Aprox.
Asimismo se estableció un índice de monitoreo de costos que ha resultado en
sucesivos incrementos tarifarios anuales (entre los años 2007 a 2011) que
consistieron en el año 2009 un 12,65% TM conforme surge de la resolución N°
1750/09 aumento del VAD del 38% aprox. Que en 2011 por medio de resolución
N°533/11 obtuvo un aumento de la tarifa media del 26 % lo que significó un aumento
del VAD del 41%.
Que la calificadora de riesgos Fich rating estableció
que A septiembre´11 (año móvil) las ventas y EBTIDA de EDESA ascendieron a $
391 millones y $ 91 millones respectivamente. Esto se compara con ventas por $
353 millones y EBITDA de $ 90 millones durante el mismo periodo de 2010. Los
márgenes de la compañía se mantuvieron estables (23,2% vs 25,4%
respectivamente). Esto se debió principalmente a las presiones inflacionarias
sobre la estructura de costos de la compañía, que en conjunto con los ajustes
tarifarios obtenidos permitieron la estabilidad de los mismos.
Ahora bien la EDESA pide un incremento del 48% en el
VAD aduciendo mayores costos este incremento se suma a los antes indicados que
si el ente lo otorga Edesa recibiría incrementos en el VAD desde 2006 a la
fecha de mas 130% lo que significa un aumento de la Tarifa media del 80 % aprox.
También hay que mencionar que el costo de la energía KW se incrementa sin
necesidad de requerir audiencia pública y constituye un costo que se
traslada directamente al bolsillo del consumidor.
Ahora bien si para las calificadoras privadas Edesa
tiene un buen margen de ganancia, el ENTE debe darle el aumento? o simplemente
seguirá actuando como la escribanía de Edesa.
A continuación cuadro tarifario sin aumento y en cuanto
variara cada uno.-
Un aumento del 48 % del VAD sería
equivalente a un aumento de tarifa del 34 % aprox mucho mas que cualquier pronóstico
de inflación.
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