Campaña contra el aborto

El derecho a la vida es el primer derecho natural básico y esencial.
Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona. Art 3 DDHH
La inviolabilidad de la persona humana depende de que ningún hombre o grupo de hombres se arrogue el derecho de juzgar si otro hombre posee o no los signos característicos de la “persona” humana. (Art. 51 Cód. Civil).-
No existe razón para discriminar a la persona por nacer en su derecho a la vida. La discriminación negativa está prohibida en todo sentido en el ordenamiento jurídico argentino (Cf. Arts. 16 , 43, 75 inc. 19 C.N., Convención de Derechos del Niño (1989, Nueva York), Art. 2 )
La discriminación entre nacido y no nacido es ilegítima. Tampoco corresponde la discriminación entre “hijos deseados” y “no deseados”. Todos tienen el mismo derecho a vivir, que es inalienable desde la concepción.
La igualdad se desprende de la igualdad de naturaleza – especie – condición humana de todos los seres humanos.
.- Frente al aborto
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