A raiz de la recomendacion emitida por el defensor del Pueblo de la ciudad el Ministerio del Interior reconoce la falta señalada por esta defensoria, escusandose que ante la necesidad de continuar con la emision de pasaportes los mismos se imprimieron en las libretas existentes que establecian una duracion de cinco años.
Que asimismo se procedio a emitir una resolucion N° 762 rectificando dicho error.
Pese a que un principio se estaria sanaeando el error cometido por dicho Ministerio El Defensor del Pueblo recomienda a toda la poblacion que posea este pasaporte que consulte con el destino sobre la validez del mismo, desde esta defensoria se descarta que la validez del mismo es de cinco años. Los pasaortes tendran duracion de diez años recien cuando salgan la nueva impresion de libretas y se consigne el decreto 261/11 y la resolucion N° 762 que deroga el decreto N° 336/92.
El real problema surgira recien cuando exista contradiccion evidente entre las dos fechas es dentro de 5 años por que en ese caso recien aparecerian los problemas de contar con documento que se encontraria vencido por indicacion de un decreto que esta derogado y la fecha consiganda en fs. 3.-
Por otro lado los pasaporte no pueden contener enmiendas, entendidas estas como subsanacion de errores (de acuerdo definicion diccionario de terminos legales) la pagina 4 y 5 seria una enmienda de la fecha contenida en fs 3 notese que la pagina 4 y 5 contiene una indicacion en cuatro idiomas, un sello fechador y firma de la autoridad que emite los pasaportes.
No es la primera vez que esta defensoria actua sobre errores en la confeccion de documentos realizados por el ministerio del interior ver
RELACIONES http://www.malvinense.com.ar/smalvi/0109/1317.htm
Que asimismo se procedio a emitir una resolucion N° 762 rectificando dicho error.
Pese a que un principio se estaria sanaeando el error cometido por dicho Ministerio El Defensor del Pueblo recomienda a toda la poblacion que posea este pasaporte que consulte con el destino sobre la validez del mismo, desde esta defensoria se descarta que la validez del mismo es de cinco años. Los pasaortes tendran duracion de diez años recien cuando salgan la nueva impresion de libretas y se consigne el decreto 261/11 y la resolucion N° 762 que deroga el decreto N° 336/92.
El real problema surgira recien cuando exista contradiccion evidente entre las dos fechas es dentro de 5 años por que en ese caso recien aparecerian los problemas de contar con documento que se encontraria vencido por indicacion de un decreto que esta derogado y la fecha consiganda en fs. 3.-
Por otro lado los pasaporte no pueden contener enmiendas, entendidas estas como subsanacion de errores (de acuerdo definicion diccionario de terminos legales) la pagina 4 y 5 seria una enmienda de la fecha contenida en fs 3 notese que la pagina 4 y 5 contiene una indicacion en cuatro idiomas, un sello fechador y firma de la autoridad que emite los pasaportes.
No es la primera vez que esta defensoria actua sobre errores en la confeccion de documentos realizados por el ministerio del interior ver
RELACIONES http://www.malvinense.com.ar/smalvi/0109/1317.htm
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