La defensoria del pueblo de salta ha presentado numerosos amparos contra obras sociales y de esa manera ha conseguido que muchos salteños accedan a la prestacion del servicio de salud como corresponde si usted tiene problemas venga por la defensoria del pueblo y asesorese gratuitamente de sus derechos.-
Usted cuenta con un procedimiento de formulación y solución de reclamos frente a hechos que afecten su normal cobertura médico-asistencial.
* Cortes de cobertura parciales * Falta de cobertura* Incumplimiento en la cobertura prestacional
En el caso de encontrarse ante la oposición de cualesquiera de los obstáculos usuales referidos, por parte de Agentes del Seguro de Salud que se encuentren obligados a la prestación de medicamentos o insumos (salvo en el caso de Empresas de Medicina Prepaga), se podrá reclamar:
2) Ante negación de la prestación, invocándose como impedimento el ser otro el obligado a la misma, de la misma forma que en el apartado anterior y también del reclamo administrativo ante el supuesto obligado, por medio de la utilización del formulario Tipo “A” (Res. SSS 75/98 A); para bajar formulario presione aquí, debera tener adobe acrobat instalado en su computador:http://www.sssalud.gov.ar/reclamos/archivos/07598a.pdf
3) En caso de resistirse a la debida prestación, por tener dificultades financieras, de la misma forma que en el apartado 1) y/o mediante acción judicial.
En cuanto a las Empresas de Medicina Prepaga, ante similares incumplimientos, se podrá recurrir al respectivo Ministerio u organismo nacional o local o, repartición estatal nacional o local de Defensa del Consumidor.
En todos los casos debe presentar la siguiente documentación:
Para atención virtual ver aquí: http://www.sssalud.gov.ar/index/index.php?cat=beneficiarios&opc=contactenos
En la Superintendencia de Servicios de Salud, Av. Pte Roque Sáenz Peña 530.
o sus delegaciones en el Interior del país.
0800-222-SALUD (72583). Lunes a Viernes de 9 a 19 hs
Usted cuenta con un procedimiento de formulación y solución de reclamos frente a hechos que afecten su normal cobertura médico-asistencial.
* Cortes de cobertura parciales * Falta de cobertura* Incumplimiento en la cobertura prestacional
En el caso de encontrarse ante la oposición de cualesquiera de los obstáculos usuales referidos, por parte de Agentes del Seguro de Salud que se encuentren obligados a la prestación de medicamentos o insumos (salvo en el caso de Empresas de Medicina Prepaga), se podrá reclamar:
1) Ante negación de prestación que se encuentre contemplada en el PMO, interponiendo reclamo administrativo ante la correspondiente delegación de la Superintendencia de Servicios de Salud (en adelante SSS), mediante el uso del formulario Tipo “B” (Res. SSS 75/98 B); para bajar formulario presione aquí, debera tener adobe acrobat instalado en su computador: http://www.sssalud.gov.ar/reclamos/archivos/07598b.pdf
2) Ante negación de la prestación, invocándose como impedimento el ser otro el obligado a la misma, de la misma forma que en el apartado anterior y también del reclamo administrativo ante el supuesto obligado, por medio de la utilización del formulario Tipo “A” (Res. SSS 75/98 A); para bajar formulario presione aquí, debera tener adobe acrobat instalado en su computador:http://www.sssalud.gov.ar/reclamos/archivos/07598a.pdf
3) En caso de resistirse a la debida prestación, por tener dificultades financieras, de la misma forma que en el apartado 1) y/o mediante acción judicial.
En cuanto a las Empresas de Medicina Prepaga, ante similares incumplimientos, se podrá recurrir al respectivo Ministerio u organismo nacional o local o, repartición estatal nacional o local de Defensa del Consumidor.
En todos los casos debe presentar la siguiente documentación:
- * D.N.I., original y copia
- * Carnet de la Obra Social, original y copia
- * Comprobante del Número CUIT/CUIL, original y copia
- * Tres últimos Recibos de Haberes/Haberes Jubilatorios/Pagos Monotributo/Cuota adherente, original y copia
- * Diagnóstico Médico, original y copia
- * Prescripción Médica con Orientación Prestacional señalada por el médico tratante de la Obra Social, original y copia
- * Toda otra documental que haga a su derecho, original/es y copia
- * Si realiza el envío a través del correo postal deberá enviar fotocopias autenticadas por la autoridad administrativa, policial o judicial que corresponda
Para atención virtual ver aquí: http://www.sssalud.gov.ar/index/index.php?cat=beneficiarios&opc=contactenos
En la Superintendencia de Servicios de Salud, Av. Pte Roque Sáenz Peña 530.
o sus delegaciones en el Interior del país.
0800-222-SALUD (72583). Lunes a Viernes de 9 a 19 hs
Comentarios
Publicar un comentario