Aumento en la Factura de gas


Ante los numerosos reclamos recibidos en nuestra Asociación sobre los aumentos al servicio de gas domiciliarios, impuestos en tres tramos para los bimestres abril/mayo, junio/julio, y agosto/septiembre del 2014 que aumenta la tarifa en forma descomunal, les recordamos que el mismo es ilegal, por lo que UD. puede solicitar NO PAGARLO.
¿COMO? USANDO ESTE FORMULARIO:
Si en su factura se encuentran estos aumentos, debe concurrir a la Empresa Distribuidora de Gas, presentando la siguiente nota, con una copia que se la selle en mesa de entradas.
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A la Distribuidora Gasnor
xxxxxxx (nombre)
S——/—–D:
JUAN PEREZ, DNI Nº ……, con domicilio en xxxx,   localidad: xxx , Provincia de xxxx, ,  nº usuario xxx , categoría: xxxxxxx, correspondiente al inmueble situado en el domicilio: xxxxxxx,  se presenta ante Uds.,   a fin de reclamar lo siguiente:
Motivo:
Que por este acto vengo a fin de impugnar formalmente el aumento dispuestos en las resoluciones nº 226/2014, y nº 2847/2014, y ccs., en la imposición del esquema de racionalización de uso de gas natural, a partir del 01 de abril del 2014, y de los aumentos dispuestos en los cuadros tarifarios para la categoría de clientes residencial (r) de los usuarios de gas domiciliarios.
Por no cumplimentar las mismas, la prescripción del art. 42 de la C.N. al perjudicar la economía y salud familiar, los arts. 4, 25 y 65 de la L.D.C. e incumplimiento del artículo  44º  de la LEY 24.076, y art. 9 º de la Resol. 2847/2014,  sobre el deber de brindar información adecuada; y haber violentado el principio de igualdad y equidad previsto el art. 16 de la C.N., los arts. 8 bis y 65 de la L.D.C. incumplimiento de los artículos 44º y 46º de la LEY 24.076 por: Falta de audiencia pública, previo a la imposición de un nuevo cuadro tarifario; Falta de publicación en los medios de difusión masiva, previa a la aplicación;  Imposibildad material de racionalidad en el consumo, ante la aplicación retroactiva de los cuadros tarifarios, para poder mantener la tarifa anterior o moderar su ajuste, mediante el ahorro previsto por la normativa; Discriminación por la ubicación geográfica, se discrimina al imponer cuadros tarifarios que no han sido elaborados teniendo en cuenta el rigor climático provocado por los saltos térmicos invernales, que coloca a esta zona especialmente fría, en categorías castigadas por alto consumo de zonas templadas, que agrava en la repotenciación del aumento y quiebra la igualdad entre los usuarios.
Petición:
1. Solicito:  que el presente requerimiento se aplique a partir de la próxima facturación que se vaya a realizar a mi cargo anulando los aumentos citados, y se restituya lo que haya cobrado de más en virtud de las resoluciones impugnadas.
2. Daño Directo: dado el menoscabo sufrido, conforme lo he expresado solicitaré en caso de rechazo se indemnice con el máximo valor dispuesto por el art. 40 Bis. Ley 24.240.
3. Sanciones:  dado el menoscabo sufrido, conforme lo he expresado solicitaré en caso de rechazo le sea aplicada la multa prevista en el art. 47 inc. B), Ley 24.240 y/o cualquier otra sanción que correspondiere, en su máxima graduación, por el  el carácter de reincidente, la cuantía de los beneficios indebidamente obtenidos, su proyección económica, el peligro de su generalización para todos los usuarios, y la repercusión de estas infracciones  atento la posición en el mercado (conf. art. 49 de la ley 24.240) en el Organismo Gubernamental de Defensa al Consumidor.
Firma: xxxx
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En el caso que no le se ha satisfecho su reclamo o no sea plenamente satisfactorio,  por la demora en la devolución de su dinero, o los daños y perjuicios ocasionado por los trastornos ocasionados Ud. deberá concurrir a formular la denuncia al Ente gubernamental de Regulación del Gas.
MODELO DE DENUNCIA : x triplicado.
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S——/—–D:
JUAN PEREZ, DNI Nº ……, con domicilio en xxxx, localidad: xxx , Provincia de xxx, Teléfono Nº xxx,  usuario Nº xxxx, se presenta ante Uds., a fin de denunciar lo siguiente:
Denunciada: Empresa (RAZON SOCIAL ) ,  con domicilio en XXX , localidad XXX; Provincia de XXX.
Hechos: Que acompaño nota de reclamo, a la denunciada, donde he impugnado formalmente el aumento dispuestos en las RESOLUCIONES Nº 226/2014, y Nº 2847/2014, y ccs., en la imposición del esquema de racionalización de uso de gas natural, a partir del 01 de abril del 2014, y de los aumentos dispuestos en los cuadros tarifarios para la categoría de clientes residencial (r) de los usuarios de gas domiciliarios.
Por no cumplimentar las mismas, la prescripción del art. 42 de la C.N. al perjudicar la economía y salud familiar, los arts. 4, 25 y 65 de la L.D.C. e incumplimiento del artículo  44º  de la LEY 24.076, y art. 9 º de la Resol. 2847/2014,  sobre el deber de brindar información adecuada; y haber violentado el principio de igualdad y equidad previsto el art. 16 de la C.N., los arts. 8 bis y 65 de la L.D.C. incumplimiento de los artículos 44º y 46º de la LEY 24.076 por: Falta de audiencia pública, previo a la imposición de un nuevo cuadro tarifario; Falta de publicación en los medios de difusión masiva, previa a la aplicación;  Imposibildad material de racionalidad en el consumo, ante la aplicación retroactiva de los cuadros tarifarios, para poder mantener la tarifa anterior o moderar su ajuste, mediante el ahorro previsto por la normativa; Discriminación por la ubicación geográfica, se discrimina al imponer cuadros tarifarios que no han sido elaborados teniendo en cuenta el rigor climático provocado por los saltos térmicos invernales, que coloca a esta zona especialmente fría, en categorías castigadas por alto consumo de zonas templadas, que agrava en la repotenciación del aumento y quiebra la igualdad entre los usuarios.
No obstante la misma ha seguido aplicando los aumentos, que me fuerzan a requerir su intervención-
Prueba:
Documental: agregar original y copia de factura, recibo o comprobante que se tenga de la operación. Por DUPLICADO
Constancia: de haber hecho el reclamo previo (si fue necesario) o el número si fue telefónico o por Internet.
** Los proveedores deberán acompañar toda la documentación que obre en su poder y que resulte necesaria y suficiente para resolver la cuestión planteada (art. 53 LDC).
Petición:
1. Solicito se ordene a la Empresa Denunciada:
Que anule la aplicación de los aumentos dispuestos en los cuadros tarifarios de las RESOLUCIONES Nº 226/2014, y Nº 2847/2014, y ccs., por los motivos expuestos,  a partir de la próxima facturación que se vaya a realizar a mi cargo.
Que reintegre la diferencia correspondiente con más los mismos intereses que el prestador cobra por mora, calculados desde la fecha de pago hasta la efectiva devolución, e indemnizará al usuario con un crédito equivalente al VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del importe cobrado o reclamado indebidamente. La devolución y/o indemnización se haga efectiva en la factura inmediata siguiente.
2. Sanciones: por la conducta asumida por la denunciada, solicito que la misma le sea aplicada la multa prevista en el art. 47 inc. B), Ley 24.240 y/o cualquier otra sanción que correspondiere, en su máxima graduación, por el  el carácter de reincidente, la cuantía de los beneficios indebidamente obtenidos, su proyección económica, el peligro de su generalización para todos los usuarios, y la repercusión de estas infracciones  atento la posición en el mercado (conf. art. 49 de la ley 24.240)
Firma: xxxxxxxxx
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PASO 3: VIA JUDICIAL
En el caso que la audiencia de conciliación fuera dispuesta a una fecha remota, que prolongue el trámite innecesariamente en el tiempo, se puede reclamar judicialmente, sin necesidad de agotar la vía administrativa, o recurrir en forma previa.
Para iniciar una Acción Judicial, requerirá un abogado que la asesore y patrocine.
Todas las acciones por defensa al consumidor gozan de gratuidad art. 53 LDC, por lo que no se abonará ninguna tasa o gasto para su inicio  y regirán las normas del proceso de conocimiento más abreviado que rijan en la jurisdicción del tribunal ordinario competente.
Multa. En caso de verse obligado a litigar judicialmente para poder reclamar el cumplimiento de las obligaciones legales Ud. podrá también reclamar una  multa (sanción punitiva) que deberán pagar a su favorEsta multa puede ser establecida entre los $ 100 y $ 5.000.000 (Art. 47 inc. b) y 52 bis ley 24.240, dependiendo  del carácter de reincidente, la cuantía de los beneficios indebidamente obtenidos, su proyección económica, el peligro de su generalización para todos los usuarios, y la repercusión de estas infracciones  atento la posición en el mercado.

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