Dar de baja a un servicio que tan dificil es?



Muchos usuarios y clientes de servicios de telefonía (fija y móvil), Internet y televisión por cable, suelen sufrir las consecuencias de un problema recurrente: dar de baja el servicio contratado, independientemente de los motivos que lleven a tal decisión. De hecho, muchas de la denuncias se refieren a este punto.
Eternos minutos en espera, comunicaciones que se cortan cuando uno pide la cancelación del servicios, facturas que siguen llegando pese a que el servicio ya no se presta más o servicios que se cobran pese a que nunca fueron solicitados son algunos de los dolores de cabeza que sufren quienes intentan cancelar el servicio con un prestador.
“De acuerdo con lo que dice la norma específica del servicio de telefonía básica, un usuario puede rescindir el contrato con la empresa sin cargo alguno, previa notificación fehaciente, con 30 días de anticipación”, explica Jorge Cohen, vocero de la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC).
El funcionario indica que la “notificación fehaciente” es la presentación de una nota firmada por el titular de la línea en las oficinas de la empresa prestadora o el envío de una carta documento al domicilio legal que figure en la factura.
Celulares y líneas fijas. “En el caso de las líneas pospagas, el usuario y la empresa se rigen por lo que diga el contrato. En general, la manera de dar de baja una línea celular con abono, es similar a la de las líneas básicas. Este ítem representa menos del uno por ciento del total de reclamos que recibe la CNC”, comentó Cohen.
Según estimaciones de la consultora Carrier & Asociados, la cantidad de líneas móviles en condiciones de realizar una baja del servicio por contar con un abono mensual (o fijo) es de aproximadamente unos 15 millones de clientes de todo el país.
Voceros del Grupo Telecom, explicaron que “una de las vías para dar de baja el servicio de telefonía fija es llamando al 112. “Siempre se recomienda hacer el pedido de rescisión por escrito para dejar constancia”, especificó.
Para el caso de la telefonía móvil e Internet, desde Telecom precisaron que debe analizarse la forma en que fueron contratados los servicios, especificaciones que figuran en los contratos firmados. “Hay una cláusula de contrato de lapso mínimo para cuando suceden rescisiones anticipadas. Pero en cada caso se estudian las modalidades de contratación”, completaron.
Cortar el cable. En la ciudad de Salta, muchos son los usuarios de televisión por cable, y para aquellos clientes que quieran realizar consultas, reclamos o dar de baja el servicio, al dorso de la factura y en la mini guía que le llega a cada cliente figuran las especificaciones para tal fin.
Allí la empresa comunica que los clientes podrán solicitar la baja entre los días 1° y 15 de cada mes. El mes en que solicita la baja definitiva será facturado en su totalidad, y se les recuerda a los clientes que si poseen un decodificador deberán devolverlo a la empresa al momento de darse de baja.
La empresa se reserva la facultad de corroborar la calidad de titular del servicio, identidad y demás datos de la persona solicitante de la baja.
Cuando la contratación de un servicio haya sido realizada en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del cliente mediante el mismo medio utilizado en la contratación. En este caso, la empresa pondrá a disposición del cliente sin cargo, una constancia escrita dentro de las 72 horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión.
“Entre el 30 y el 10 de cada mes se retira todo el material y elementos que tenga el cliente en comodato, tanto de televisión por cable como Internet”, completaron desde la empresa.
Qué dice la ley. La Ley de Defensa del Consumidor 24.240, establece en su artículo N° 10 los “Modos de Rescisión”: cuando la contratación de un servicio, incluidos los servicios públicos domiciliarios, haya sido realizado en forma telefónica, electrónica o similar, podrá ser rescindida a elección del consumidor o usuario mediante el mismo medio utilizado en la contratación.
Mónica Prato, directora de la Dirección de Defensa del Consumidor y Lealtad Comercial perteneciente a la Secretaría de Comercio, manifestó que “aproximadamente un 30 por ciento del total de las denuncias por servicios es por inconvenientes en dar la baja”.
La empresa receptora del pedido de rescisión del servicio deberá enviar sin cargo al domicilio una constancia fehaciente dentro de las 72 horas posteriores a la recepción del pedido de rescisión.
“Esta disposición debe ser publicada en la factura o documento equivalente que la empresa envíe regularmente al domicilio del consumidor o usuario”. No obstante, se recomienda hacerlo por escrito y conservar constancia de la solicitud de baja.
El mes en curso durante el cual se solicite la baja definitiva será facturado en su totalidad, en tanto la facturación del servicio sea bajo la modalidad mes por adelantado.
En el caso en que la baja se solicite con posterioridad al cierre de facturación de la empresa (por lo general entre el 15 y el 20 de cada mes) es posible que se facture el mes siguiente.
Si opta por dar de baja el servicio por teléfono, recuerde pedir el número de trámite.
Si se trata de dar de baja un contrato de venta domiciliaria o venta directa, el consumidor tiene 10 días corridos para revocar la aceptación a partir de la firma del contrato o la entrega del bien, lo que ocurra primero.
Constancia por escrito
La Ley de Defensa del Consumidor establece que un servicio se puede dar de baja por los medios que fue contratado el servicio. No obstante, se recomienda hacerlo por escrito y conservar constancia de la solicitud de baja.
Dónde reclamar
Defensor del Pueblo Salta

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