Peligro lamparas bajo consumo, Ambiente de la Nacion reconoce necesidad de reciclaje informe


Ref.: Memorando DNCA N° 494/09
Nota del Defensor del Pueblo .
Sr. Director
DIRECCiÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS:
Se eleva el presente informe referido al memo de la referencial por el cual se remite a esta DRP una nota N° 0017/17 del Sr DIRECTOR DE DERECHOS SOCIALES del DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACiÓN.
En la mencionada nota se solicita información acerca de las lámparas de bajo consumo, a las cuales se da respuesta a continuación:
1. Si las lámparas bajo consumo son consideradas residuos
peligrosos:
Desde el punto de vista de su composición, las lámparas de bajo consumo están elaboradas con elementos que, a la hora de desecharse, le confieren características de residuo peligroso. Tal es el caso del mercurio, incluido en la lista de constituyentes peligrosos en el Anexo I de la Ley Nacional N° 24.051, por lo que se considera a estos materiales como residuos peligrosos bajo la Categoría Sometida a Control Y29.
Cabe destacar que en su artículo 2°, la Ley N° 24.051 establece que "(. . .) Quedan excluidos de los alcances de esta Ley los residuos domiciliarios, (. .. .) los que se regirán por leyes especiales y convenios internacionales vigentes en la materia". De este modo, aunque posean constituyentes peligrosos o características de peligrosidad, las lámparas de bajo consumo generadas por usuarios en domicilios particulares no están alcanzadas por lo díspuesto por la Ley 24.051. Esta situación se presenta además en otros residuos con características peligrosas de generación domiciliaria, como pilas y baterías,
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envases de insecticidas, pinturas, compuestos químicos, medicamentos vencidos, entre otros.
2. Si se han realizado estudios sobre los impactos ambientales del uso y la disposición final de las lámparas de bajo consumo.
Esta DRP no tiene conocimiento de la realización de tales estudios de impactos ambientales por parte de este organismo ni de otros. Sin embargo, se sugiere remitir la consulta al respecto a la DIRECCiÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL, dependiente de la DIRECCiÓN NACIONAL DE GESTiÓN DEL DESARROLLO SUSTENTABLE de la SUBSECRETARíA DE PROMOCiÓN DEL DESARROLLO SUSTENTABLE por ser ésta el área pertinente para dar respuesta a dicha consulta.
Se deja constancia que mediante nota de la SUBSECRETARíA DE CONTROL Y FISCALIZACiÓN AMBIENTAL Y PREVENCiÓN DE LA CONTAMINACiÓN presentada en fecha 26 de febrero de 2008 se solicitó al Sr. Presidente del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGíA INDUSTRIAL tenga a bien disponer la realización de un estudio de contenido y concentraciones de residuos peligrosos en luminarias y lámparas de bajo consumo. Al día de la fecha, esta solicitud no ha tenido respuesta.
Sin perjuicio de lo expuesto, en base a información disponible cabe mencionar que las cantidades de mercurio contenidas en estas lámparas varían de acuerdo a las marcas y modelos existentes en el mercado, aunque de acuerdo a datos proporcionados por las marcas líderes, las lámparas de bajo consumo compactas contienen cantidades de mercurio inferiores a 4 miligramos, mientras que los tubos fluorescentes contienen alrededor de 5 miligramos de mercurio por cada unidad. La tendencia en la materia, es minimizar los contenidos de mercurio, y aunque hasta la actualidad no ha sido posible técnicamente eliminar este compuesto, las cantidades contenidas en las lámparas han disminuido en forma significativa.
La dificultad se presenta a la hora del descarte, dado que deben ser gestionadas como residuos peligrosos debido a su contenido en mercurio y otros metales. A pesar de ello, esta forma de iluminación sigue siendo la opción elegida mundialmente, debido a la menor utilización de energía, poniendo el énfasis en la utilización de lámparas



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con bajo contenido de mercurio y con especial atención en el almacenamiento, transporte y disposición final de las mismas al fin de su vida útil.
3. Si existen en el país operadores habilitados para el tratamiento y disposición segura de lámparas de bajo consumo usadas:
Existen Operadores habilitados por esta Secretaría para el tratamiento y disposición final de lámparas de bajo consumo, residuos peligrosos de Categoría Sometida a Control Y29. La tecnología utilizada es la estabilización química y posterior disposición en rellenos de seguridad. La información acerca de los operadores de residuos peligrosos, con las Categorías Sometidas a Control habilitadas en cada caso, se encuentra permanentemente disponible en el sitio de internet de la SAyDS: www.ambiente.gov.ar.
4. Otra información relevante:
En virtud de lo anteriormente aludido, la DIRECCiÓN DE RESIDUOS PELIGROSOS ha iniciado en el año 2008 bajo expediente SAyDS N° 970/2008, la elaboración de un Sistema Integral de Gestión de Luminarias Posconsumo con el objeto de desarrollar un mecanismo que garantice la correcta gestión de estos elementos al final de su vida útil. El mencionado documento se encuentra en etapa de revisión y consultas, habiéndose solicitado en agosto de 2008 opiniones de otras áreas de esta secretaría a los fines de que aporten su visión enriquecedora de la problemática, a saber:
• UNIDAD DE SUSTANCIAS Y PRODUCTOS QUíMICOS,
·DIRECCiÓN             DE
AMBIENTAL,
PREVENCiÓN
y
PRECOMPOSICIÓN
• DIRECCiÓN DE NORMATIVA AMBIENTAL,
·         DIRECCiÓN DE INSTRUMENTOS PARA EL DESARROLLO SUSTENTABLE,
DIRECCiÓN       DE
SUSTENTABLE,
DIRECCiÓN DE IMPACTO AMBIENTAL Y SOCIAL.
CONSUMO
PRODUCCiÓN
LIMPIA
y
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Al día de la fecha todavía quedan pendientes las respuestas de la Dirección de Normativa Ambiental, Dirección de Producción Limpia y Consumo Sustentable y de la Dirección de Impacto Ambiental y Social.
Para la elaboración de este Sistema de Gestión, se han analizado experiencias puestas en práctica en otros países, evaluado las alternativas tecnológicas de procesamiento de las lámparas usadas, teniendo como objetivo fijar las bases y procedimientos para la creación de un Sistema Integrado, con alcance nacional, y que contemple todas las etapas del ciclo de vida útil de los dispositivos de iluminación, en un sistema de responsabilidad para la gestión de los desechos generados al final del ciclo su vida útil.
De ésta manera se podrán maximizar los beneficios de las lámparas de bajo consumo, incluyendo los tubos fluorescentes, reduciendo el consumo energético y el impacto ambiental posconsumo de dichas luminarias.
Se eleva el presente informe para su consideración

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