Como dar de Baja una Línea Celular (renuncia anticipada)

Si Ud. se decidió a dar de baja una línea celular de telefonía móvil por mal servicio, por motivos económicos o cualquier motivo que tenga, no existe impedimento legal para no poder hacerlo.
Existe una práctica abusiva e ilegal por parte de las Empresas de Telefonía móvil, de evitar dar la baja a la línea celular que le solicita el usuario y tratar de cobrar multas, indemnizaciones, cargos que en la mayoría de los casos provienen de cláusulas hechas en contratos de adhesión, que implican mantener cautivo al usuario y que nunca pasarían el examen de un Juez.
¿Cuales son las maniobras?:
  • No puede dar de baja mientras dure el contrato.
Falso: La solicitud de renuncia o baja del servicio es válida desde que es recepcionada.  Es falso que uno debe permanecer pagando un servicio que no usa o no quiere usar.  Conforme el contrato se puede establecer cargos por desconexión anticipada, que deberán cobrarse en forma independiente. Dichos cargos no pueden convertirse en un fuente extra de ganancias desmedida con la bonificación que recibió el usuario por la compra del equipo. Máxime cuando sucesivamente se aumenta unilateralmente el costo del abono.

  • Las cancelaciones sólo pueden efectuarse en determinada fecha o con un mes o más de antelación.
Falso: Una vez que se ha presentado el reclamo de baja del servicio, el mismo es válido, dependiendo el sistema de facturación es hasta cuando se prestará el servicio contratado. Pero la baja es válida.

  • No puede darse de baja mientras tenga una deuda.
Falso:  Si un usuario tiene una deuda, puede dar de baja el servicio igualmente y pagar lo que debe posteriormente por las vías legales correspondientes.

  • Debe darse de baja mediante Carta Documento:
Falso: La ley es sumamente clara: se da de baja por el mismo medio que se contrato.
Si fue por teléfono, se hace por teléfono (pedir número de reclamo, nombre operador y anotar fecha y hora).
Si fue en un local de la empresa, se hace mediante una nota de renuncia (sellada).
Además, la empresa está obligada a enviar, dentro de las 72 horas hábiles de producida la solicitud de baja del servicio, una constancia fehaciente del pedido de cancelación.

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